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Asamblea

La nueva mayoría en la Asamblea

  • febrero 24, 2025
  • Manuel Posso Zumárraga

Pongamos en contexto el tema, en el supuesto de que las curules a esta fecha ya estén definidas por el tema de impugnaciones, para darnos cuenta de cómo funcionará la Asamblea, ya que las últimas tres han sido un desastre. Incluso en estas elecciones de 2025 se permitió terciar a personas con antecedentes penales, con deudas al fisco, debido a la inercia del CNE, que no inspira confianza y está actuando de forma prorrogada e ilegítima, etc.

Con el nuevo número de asambleístas, que son 151, y en el supuesto de que al inicio de su período no cambien las dos fuerzas políticas más grandes, como son RC5 y ADN, surge la pregunta: ¿cómo harán los nuevos asambleístas para procesar leyes o acuerdos mínimos, transparentes, o armar una agenda de prioridades para solucionar los problemas de la gente? ¿O seguirán torpedeando los proyectos del Ejecutivo?

Bueno, esto último dependerá de quién llegue a Carondelet. Si es un gobierno democrático, con respeto al equilibrio de poderes, gana el país; si es un gobierno autoritario, se limpiarán con la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Sin embargo, hay que educarse e informarse de los nuevos cambios. En mi opinión, ninguna de las dos fuerzas o bancadas tiene mayoría calificada para aprobar leyes por sí solas, y allí importa el diálogo transparente con las otras tiendas políticas, sin pactos por debajo de la mesa.

En términos de decisiones parlamentarias, existen tres tipos de mayorías:

  1. Mayoría absoluta: Sea de ADN o CR5, es la mitad más uno, es decir, 77 representantes.
  2. Mayoría simple: Se necesita la mayoría de los votos presentes.
  3. Mayoría cualificada o calificada, como lo llaman en Ecuador, y la que nos interesa analizar. Es decir, con el nuevo número de asambleístas, que es 151, la mayoría calificada es la que permite, por ejemplo, hacer un cambio a la Constitución. Permite censurar, destituir a ministros, presidentes y vicepresidentas, y se necesitan 101 votos. Y vendrán el cabildeo, la compraventa de votos, el cambio de camisetas y las broncas entre tiendas y con el Ejecutivo, porque reunir 101 votos, por más alzas de manos que sean, no es lo mismo que los 92 que se tenían con 137 asambleístas.

Fuente consultada: Ley Orgánica de la Función Legislativa y mi análisis y video Cambiemos la Constitución desde la iniciativa de la sociedad civil.

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